sábado, 23 de octubre de 2010

Libre elección de taller para reparación de vehículos. Reglamento 461/2010

El 1 de junio ha entrado en vigor el Reglamento 461/2010*, por el cual se regula un mejor acceso a la información técnica de los automóviles a disposición de los talleres independientes y el derecho de los usuarios a la libre elección de taller de reparaciones.



Mi gozo en un pozo, creí que está era la solución para abaratar mi factura en las carísimas revisiones obligatorias  de mi  BMW R1200RT.  Nada nás lejos de la realidad. Una consulta de la Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción, CONEPA   a La Comisión de la Competencia de la UE, echa por tierra cualquier intento de abaratar los costes de las revisiones obligatorias de mi RT.

Competencia ratifica que las motos quedan fuera del Reglamento 461/2010

La Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción, CONEPA, ha recibido ya comunicación de la Dirección General de la Competencia de la Unión Europea en respuesta a su consulta sobre la situación del sector de motocicletas en relación con el acceso a la información técnica derecho a la libre elección del taller por parte del usuario cuando es éste quien paga la factura. Recordemos que tales principios están recogidos en el Reglamento 461/2010 de 27 de mayo que afecta a automóviles de cuatro o más ruedas y, por tanto, los vehículos de dos ruedas quedan fuera de su ámbito de aplicación.





Enlace:   Las motos no entran en la nueva normativa 461/2010

2 comentarios:

  1. Oye Quin , soy Jesús....caramba esta directiva Europea no la habia leído yo ....menos mal que esres persona super-informada y nos invitas a ser participes de esto ...gracia Quín...por estar ahí.

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